Ad portas del inicio del año escolar 2016, la Superintendencia de Educación emitió un oficio dirigido a los sostenedores de colegios con el fin de prevenir eventuales sanciones a estudiantes por no contar con textos escolares
Según se indica textualmente en el instructivo, “el que el estudiante no cuente con algún texto (escolar, complementaria o adicional) no podrá ser fundamento para la aplicación de ningún tipo de medida disciplinaria ni condicionar el ingreso o permanencia en el establecimiento educacional, o establecer algún tipo de restricción al pleno ejercicio del derecho de educación”.
Como explicó el superintendente, Alexis Ramírez Orellana, “estas exigencias están en directa sintonía con la Ley de Inclusión, en orden a que ningún alumno puede ser sancionado ni excluido del proceso educativo por no contar con textos adicionales a los que entrega anualmente en forma gratuita el Mineduc. Es decir, no se puede condicionar el ingreso ni la permanencia del alumno o alumna por esta causa”.
Cada año el Mineduc distribuye más de 17 millones de textos escolares en forma gratuita a todos los alumnos y alumnas de establecimientos municipales y particulares subvencionados. En este sentido y como una forma de garantizar el derecho, “se incorporó en la normativa que los y las estudiantes son los dueños de los textos escolares, son de su propiedad, y por lo tanto, los establecimientos tienen la obligación de entregárselos”, explica Ramírez.
En el oficio, se explica además que en caso de que el establecimiento solicite textos adicionales a los que entrega el Mineduc de manera gratuita, la adquisición de estos será de carácter voluntario, debiendo el establecimiento educacional adecuar la actividad pedagógica que los requiera para que la falta de estos materiales, no constituya un obstáculo para el proceso de enseñanza aprendizaje de los estudiantes.