En una columna publicada hoy por El Mostrador, el doctor en derecho y profesor de la universidades de Chile y Adolfo Ibáñez, analiza la sentencia emitida en agosto pasado por la Corte de Apelaciones de Santiago, en donde acoge el recurso de protección presentado por un grupo de apoderados del Instituto Nacional y prohíbe las tomas al interior del establecimiento.
"El fallo es insólito. Esto por varias razones. En primer lugar, carece completamente de rigor jurídico, y desarrolla sus argumentos como si se tratara de una conversación de sobremesa", señala al principio de dicha columna.
"La toma es un hecho, algo que ocurre en el mundo, por lo que la cuestión de si puede ser admitida es en realidad una afirmación sobre lo que la autoridad competente debe hacer cuando ellas de hecho ocurren", explica.
"Sostener que siempre que un establecimiento es tomado por sus estudiantes el deber de la autoridad es usar la fuerza pública inmediatamente para lograr el desalojo, es claramente un error: si el uso de la fuerza pública implica, en las circunstancias, que el restablecimiento de las actividades docentes se hará más difícil o improbable, entonces el deber de la autoridad es no usar la fuerza pública".
Además, Atria plantea la interrogante de "¿Y qué ocurre si la Municipalidad llega a la conclusión de que, dadas las circunstancias en las que esas movilizaciones ocurren, la medida más eficaz para garantizar la continuidad del servicio no es usar la fuerza para desalojar, sino conversar con los estudiantes en toma?".
Finalmente, el académico concluye que es bueno "que cuando la Corte Suprema decida la apelación lo haga como un tribunal, y no como un abuelo conservador opinando agitado en una conversación de sobremesa con su nieto estudiante".
Fuente: El Mostrador/ Imagen CC Benjamín Mejías