La Corte Suprema ratificó hoy el fallo que rechaza el recurso de protección presentado por alumnos de varios colegios, en contra del ránking de notas en el último proceso de selección universitaria.
Un fallo unánime de los ministros que componen la Tercera Sala del Máximo Tribunal de justicia, ratificó la decisión que rechazó el recurso cautelar en contra del Consejo de rectores y del Demre, a cargo de la PSU.
"No se vislumbra en el actuar del Consejo de Rectores de las Universidades Chilenas la existencia de ilegalidad en la adopción del acuerdo que mantuvo el Ránking de Notas en vigencia desde el año anterior y lo modificó en cuanto a su ponderación" es la explicación a dicho fallo, en donde además se señala que "la modificación al sistema de selección universitaria se realizó luego de un acabado proceso de estudio que incluyó la elaboración de informes técnicos cuyos resultados fueron concluyentes en orden a la necesidad de implementar un mecanismo tendiente a obtener instrumentos más equitativos y con mejor predicción sobre los resultados académicos".
En cuanto al trato que significa el ránking de notas para con los alumnos, el fallo sostiene que: "no existe un trato desigual ni arbitrario respecto de los alumnos de colegios que han ejercido la acción constitucional, ya que tanto el citado ranking como la modificación de sus porcentajes de ponderación se fundan en principios objetivos por medio de los cuales se busca incorporar elementos de equidad en el proceso de selección, que si bien los actores no comparten, ello no los convierte en desiguales ni arbitrarios".
Fuente: 24 Horas